Si un proponente, en una oferta diligenció de la forma no indicada un ANEXO, y ese requisito otorga puntaje, ¿existe posibilidad de subsanarlo?. Basándose en el argumento de que no producirá cambios técnicos ni económicos, en otras palabras, las modificaciones son de forma y no de fondo. ¿Qué tan dócil es la norma en ese aspecto?. En algunos casos, evidencio que declaran hábil la oferta, pero no le otorgan puntaje en el requisito mal diligenciado (…)”
SUBSANABILIDAD – Aplicación – Regla general – Excepciones / SUBSANABILIDAD – Ley 1882 de 2018 / CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS – Origen – Límites en su configuración / CAUSALES DE RECHAZO – Procedencia / DOCUMENTOS TIPO – Información inexacta.
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